La Comisión Nacional de Medioambiente, es una institución creada al alero de la ley 19.300 en año 1994 y definida por esta como un servicio público, descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonios propios . Como máxima la CONAMA es la institución que en nombre del estado debe velar por el derecho constitucional de vivir en un medio ambiente libre de contaminación, la protección del medio ambiente, la preservación y la conservación del patrimonio ambiental .
En la ley se establecen las funciones, los órganos constitutivos de la comisión y sus respectivas facultades, muchos de estos incisos han sido modificados por la ley 20.173 del año 2007, que entre algunas otras cosas crea el cargo de Presidente de la Comisión Nacional del Medio Ambiente y le confiere el rango de Ministro de Estado, sin embargo aún Chile no posee un ministerio propio del medio ambiente. Entre las funciones de la comisión se destacan la responsabilidad de administrar el sistema de evaluación de impacto ambiental y financiar todas las iniciativas que sigan los ejes de protección, preservación y conservación del medio ambiente. Proponer, informar, administrar y coordinar también son funciones que por ley le corresponden a esta institución.
A grandes rasgos la estructura organizacional de la comisión se compone de un consejo directivo, un director ejecutivo a quien le corresponde tareas administrativas y gestiones operativas además es el jefe superior del servicio. También en esta estructura se contempla al consejo consultivo, quienes tienen por tarea absolver consultas y emitir opiniones sobre diferentes materias que el consejo directivo considere pertinente.Con el ánimo de descentralizar territorialmente el funcionamiento de la CONAMA, se crea la Comisión Regional del Medio Ambiente que funcionará conjuntamente con un comité técnico y un consejo consultivo presentes en cada región de nuestro país. En detalle la estructura organizacional de la CONAMA, esta desarrollada entre los artículos Nº 71 y Nº 86 de la Ley de Bases Generales del Medio ambiente. 19.300.
Referencias:
Titulo Final, Párrafo 1 “Naturaleza y Funciones de la CONAMA” – Ley 19.300
Extracto de "Informe: Analisis de Casos SEIA" por
Gabriel González Cáceres,
Bachiller En Ciencias de la Ingenieria.
Est. Ingeniería Civil Acústica, Universidad Austral de Chile.